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¿Qué es un despido por fuerza mayor?

despido por fuerza mayor

Si estás trabajando y te enfrentas a una situación de despido, es posible que te preguntes por el de fuerza mayor. ¿Qué es un despido por fuerza mayor? ¿Hay indemnización en estos casos? Hoy te contamos todo lo que necesitas saber.

Despido por fuerza mayor: qué es

El despido por fuerza mayor está previsto en los artículos 49.1.h) y 51.7 del Estatuto de los Trabajadores (ET). Se le llama así porque se debe a causa de un acontecimiento extraordinario que impide que el trabajador pueda seguir trabajando de forma permanente, siempre que la existencia de esa causa haya sido previamente constatada según el artículo 51.7.

Si echamos un vistazo al Estatuto de los Trabajadores, vemos que el artículo 49.1.h establece que la relación laboral se extinguirá por causa de fuerza mayor que imposibilite el trabajo, conforme a lo que señala el artículo 51.7. Este último exige que la autoridad laboral verifique la existencia de la causa, sin importar cuántos empleados se vean afectados, y que el procedimiento se tramite siguiendo lo indicado en la ley y en el Reglamento de despidos colectivos (Real Decreto 1483/2012).

¿Qué viene siendo la «fuerza mayor»?

De acuerdo con el Código Civil, la fuerza mayor es algo que no puede preverse, o que aun siendo previsible resulta inevitable. En el ámbito laboral, se refiere a situaciones ajenas al empresario que imposibilitan seguir con la relación laboral. Es decir, estaríamos ante un suceso inevitable e imprevisible, que no podría ni evitarse ni tampoco anticiparse.

Ejemplos de fuerza mayor

Algunos ejemplos de despidos por fuerza mayor, podrían ser los siguientes:

  • Fenómenos extraordinarios como terremotos, inundaciones, incendios, plagas, naufragios o guerras.
  • Pérdida de una licencia administrativa (cuando es vital para que la empresa pueda funcionar).
  • Entre otros.

En estos casos, como terremotos, incendios o guerras, las empresas podrían despedir a los trabajadores alegando fuerza mayor, si no pueden continuar con el trabajo. Al final, es por algo que se le escapa de las manos al jefe, una situación ajena a él. Así lo recoge el propio Estatuto de los Trabajadores. Es algo excepcional, pero puede ocurrir.

¿Y si es algo temporal?

En el caso de que ser temporal, no hablaríamos de un despido por fuerza mayor, sino un ERTE. Es algo que vimos durante la pandemia del COVID, una situación que fue de fuerza mayor pero que se acabó solucionando con el paso del tiempo. De ahí a que muchas empresas hicieran un ERTE.

¿Hay indemnización por despido por fuerza mayor?

Una de las dudas que tienen muchos trabajadores y que les preocupa, es si cobran indemnización en el caso de ser despedidos. La realidad es que si un contrato se extingue por fuerza mayor, el trabajador tiene derecho a recibir una compensación equivalente a 20 días de salario por cada año trabajado. La cuantía máxima a percibir es de 12 mensualidades.

La indemnización debe entregarse al trabajador en el momento de comunicar formalmente el despido y se le entrega la carta. Es importante hacerlo bien, para que el despido no sea considerado nulo.

¿Cómo se procede en un despido por fuerza mayor?

Normalmente, es la gestoría de la empresa la que se encarga de todo. Por lo general, se presenta la solicitud, se aportan las pruebas y se les comunica a los trabajadores. Si se constata la causa, la empresa puede extinguir los contratos desde la fecha del suceso.

Al tratarse de fuera mayor, no hay preaviso como tal, sino que se comunica directamente. En ciertos casos, FOGASA puede asumir parte o la totalidad de la indemnización, aunque luego tenga derecho a reclamar el importe a la empresa.

¿Te ha quedado alguna duda?