
Si te quedaste sin trabajo debido a un ERTE o ERE y quieres solicitar el paro, antes de nada debes saber que tienes que inscribirte como demandante de empleo, indicando los motivos y causas que han llevado a tu despido. Si bien es cierto que en muchos casos existen fórmulas que permiten una inscripción colectiva y los trabajadores no tienen que hacer nada de manera individual. No obstante, como trabajador afectado a causa de un ERTE o ERE es normal que tengas dudas. Hoy lo vemos.
Cómo pedir el paro tras un ERTE o ERE en la empresa
Como trabajador afectado por un ERTE, es normal que estés preocupado por la situación actual y quieras saber si realmente tienes derecho a cobrar el paro en esos casos.
En primer lugar, debes saber que sí, que puedes pedir el paro después de que tu empresa haya ejecutado un ERTE o ERE. Es decir, no te quedas sin ingresos de la noche para la mañana, sino que pasas a estar cubierto un tiempo.
Es una situación complicada para todos, tanto para trabajadores como para los empresarios que se ven obligados a tomar esta decisión. De hecho, en el momento en el que la empresa decide despedir a toda su plantilla, tiene que presentar un informe detallando los motivos y causas que llevan a la compañía a no volver a contratar a sus trabajadores y tener que pasar del ERTE al ERE.
También se deben indicar las causas del despido y, en caso de que se produzca el cierre de la compañía, se debe realizar un despido disciplinario o confirmar si se alcanza la edad para su jubilación.
¿Tengo que inscribirme como demandante para cobrar el paro?
Esta es una duda que tienen muchos trabajadores, pero desde el Ministerio aseguran que sí, que aunque tu empresa haga un ERTE o ERE tendrás que inscribirte como demandante de empleo para poder cobrar el paro. Podrás hacerlo antes o de manera simultánea en la oficina de empleo del Servicio Público de Empleo Autonómico correspondiente en tu zona o incluso online.
No obstante, cuando se produce una situación de ERTE o de ERE en muchos casos los servicios públicos de empleo aprueban fórmulas para la inscripción colectiva de todos los trabajadores afectados. Tiene la ventaja de que es mucho más cómodo y no tienes que ir presencialmente a una oficina de empleo a tramitar nada, queda todo listo.
¿Cómo puedo consultar mi caso?
La mejor manera de consultar tu caso y salir de dudas es solicitar cita previa y acudir a una cita con un funcionario en la Oficina de Empleo que tengas más cerca. Así también te quedas más tranquilo.
¿Cuándo se empieza a cobrar?
Si presentas la solicitud dentro del plazo, el derecho a cobrarlo nace el día siguiente de que se suspenda el contrato y los pagos se suelen hacer entre los días 10 y 15 del mes siguiente al de devengo.
¿Es necesario pedir cita previa?
Sí. Las cosas han cambiado desde el Covid y para muchos de estos trámites es necesario pedir cita previa, en el caso de que quieras pasarte por una oficina de manera presencial. Si no sabes cómo hacerlo, simplemente consulta la siguiente guía y Solicita cita previa al SEPE para tramitar el paro en los plazos estipulados para esta gestión como nuevo parado.
Además, encontrarás una calculadora para realizar un cálculo inmediato a través de internet y tener así idea de la situación y si tienes derecho a cobro de una prestación.
Si quieres saber más, puedes consultar en la web del SEPE todos los detalles, para que no te queden dudas. Recuerda que puedes hacer el trámite de manera presencial u online, salvo que se haga de manera colectiva según el caso.
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