La prestación por desempleo se calcula en función de la base reguladora que tenga el trabajador.
La base reguladora diaria es la suma de las bases de cotización de los últimos 180 días (6meses) cotizados a la Seguridad Social por la contingencia de desempleo (Base de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales) dividida entre 180 y lo multiplicas por 30 para calcular la prestación de desempleo.
La base reguladora de la prestación por desempleo se calculará dividiendo las cotizaciones efectuadas por desempleo en los 180 días anteriores a la situación legal de desempleo. Para el cálculo de la base reguladora se excluirá la retribución por horas extraordinarias.
La suma de las bases de cotización por desempleo del trabajador de los 180 días anteriores al hecho causante es de 7.200,00 euros. Luego la base reguladora será dividir 7.200 entre 180 y nos da 40 euros al día.
Los 180 primeros días de prestación se cobrará el 70% de la base reguladora y a partir del 181 día la base baja al, el 50%.
Ejemplo de cálculo de la prestación por desempleo:
Durante los primeros 180 días (6 meses), el trabajador tiene derecho a percibir el 70% por 100 de la base reguladora:
- 70% de 40,00 euros = 28,00 euros/día
- La cuantía mensual será: 28,00 x 30 = 840,00 euros / mes
El resto de los días será del 50 por ciento de la base reguladora:
- 50% de 40,00 = 20,00 euros / día
- La cuantía mensual será: 20,00 x 30 = 600,00 euros / mes
La cuantía de la prestación por desempleo, como mínimo será:
- Si no hay hijos a cargo: 497 euros/mes
- Si tiene al menos un hijo a cargo: 664,74 euros/mes
La cuantía de la prestación por desempleo, como máximo será:
- Si no hay hijos a cargo: 1.087,20 euros/mes
- Si tiene un hijo a cargo: 1.242,52 euros/mes
- Si tiene dos o más hijos a cargo: 1.397,83 euros/mes
Cuando el desempleo se produzca por pérdida de un trabajo a tiempo parcial los importes máximos y mínimos se reducirán en proporción a la jornada trabajada.
Se consideran hijos a cargo los menores de 26 años o mayores con discapacidad que convivan con Ud. y no tengan rentas superiores a 641,40 € al mes.
También puedes acceder Programa de autocálculo de prestaciones.
Al importe bruto de la prestación por desempleo se le aplicarán dos tipos de deducciones:
- La parte de cotización a la Seguridad Social a su cargo.
- La retención a cuenta del IRPF, cuando proceda.
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