Saltar al contenido
Actualidad Empleo I Ofertas de Trabajo

Qué prestaciones puede solicitar el autónomo si está de alta en el RETA

Autonomos

Si eres autónomo y estás de alta en el RETA, es importante que conozcas tus derechos y a que prestaciones sociales puedes solicitar por estar dentro del plan.

Cómo trabajador autónomo dentro del plan RETA de la Seguridad Social, tendrás derecho a prestaciones, como los ayudas que se conceden para cubrir a trabajadores por cuenta ajena.

El autónomo cotiza mensualmente para dar cobertura en aspectos profesionales, sociales o incluso por cese de actividad o mejoras en la formación.

Cómo solicitar prestación por el cese de actividad como autónomo de alta en RETA de la Seguridad Social

Cómo trabajadores autónomos de alta en el RETA tienen derecho a prestaciones por diferentes motivos, como puede ser la prestación por desempleo por cese de actividad en el negocio.

Para cobrar la prestación por cese de actividad como autónomo de alta en el RETA, es necesario haber cotizado durante al menos 12 meses. Asimismo, debe justificar debidamente el motivo del cese de la actividad en el negocio.

Las principales causas que se indican en la actualidad para el cese de actividad son:

  • Por motivos económicos.
  • Fuerza mayor.
  • Por defunción.
  • Aspectos técnicos.
  • Reducción de la producción.
  • Baja por enfermedad.

Además de otras causas, según el tipo de negocio y el sector en el que trabaja.

Además, es imprescindible tener las cuotas al día y no tener deudas con la Seguridad Social y estar de alta en Reta.

Prestaciones para autónomos

Asimismo, el autónomo también tiene derecho a otras ayudas como las embarazadas por el riesgo durante el embarazo y lactancia, cuidado de menores enfermos, por una incapacidad permanente. Beneficios para autónomos que estén a la orden del día con el pago de las cuotas en el INSS.

Prestaciones para autónomos de alta en Reta de la Seguridad Social.

En este colectivo se pueden solicitar determinadas prestaciones para autónomos. Para más información entra en la web de la Sede electrónica de la Seguridad Social.