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Qué plazo tiene la compañía para el pago de la nómina

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Las compañías tienen un plazo límite para el pago de la nómina. Aquellas compañías que no cumplan con el tiempo establecido para el pago de la nómina del trabajador, podrían ser sancionadas por ello.

Normalmente las empresas con trabajadores por cuenta ajena, realizan el pago de las nóminas en los últimos días del mes. Asimismo, en ocasiones también proceden al pago en los primeros días del mes siguiente.

Salvo en los casos en los que se realizan los pagos de forma semanal o por quincenas.

La empresa debe realizar el pago de la nómina de los trabajadores en el plazo correcto

El salario del trabajador, es la totalidad de las percepciones en cuestión económica del empleado, en las que se incluye el pago por la prestación de sus servicios laborales a la empresa, como trabajador por cuenta ajena.

En ocasiones el pago puede ser dinero o en especie, es decir remunerar al trabajador siempre y cuando se esté de mutuo acuerdo con algo más que la cuantía fijada como sueldo retributivo en la nómina.

Pago de nómina es parte de los derechos del trabajador

Como trabajadores, en el “Estatuto de los Trabajadores” se enmarca su derecho a la percepción puntual, indicada previamente en su contrato, de su sueldo. El salario se fija según convenio colectivo, según se establece por Ley.

La fecha indicada para el pago como salario del trabajador, se indica también en el artículo 29 del texto del Estatuto de los Trabajadores, en el que se recoge que se debe hacer efectivo el abono de nómina en el tiempo indicado y que no se puede exceder de un mes de retraso.

Si el empresario se retrasa incumpliendo los derechos laborales del trabajador en cuanto al plazo de su pago de la nómina, tiene derecho a reclamar dicho pago, llegando a ser sancionado por dicho retraso si no existe motivo justificado que realmente hubiese causado ese periodo de retraso.

Obtener más información en el BOE, Real Decreto Legislativo 2/2015, a 23 de octubre, por el que aprueban texto refundido por Ley de Estatuto de Trabajadores. BOE, número 255. A 24/10/2015. Ver más.