En la actualidad ya puedes “ser autónomo a tiempo parcial”, lo que permite trabajar como un trabajador por cuenta ajena y como autónomo o bien como trabajador autónomo parcial con una única actividad de emprendedor.
Desde hace años se han aplicado diversos cambios positivos para este colectivo. La pluriactividad es lo más cercano que se ha aprobado para beneficiarse como autónomo, con la posibilidad de que la Administración pueda devolver al trabajador por cuenta propia, la cuantía de un posible exceso de cotización.
Las personas interesadas en hacerse autónomas que se inscriban en el Régimen de la Seguridad Social dentro de este colectivo profesional, tendrán derecho a optar a alternativas para beneficiarse de reducción en el pago de autónomo, ayudas o compaginar el trabajo de autónomo con otros.
El autónomo no tendrá un pago inferior por Cotización a tiempo parcial, pero puede optar a otra alternativas.
El autónomo pluriempleado a tiempo parcial abona cuotas diferentes Seguridad Social
Como pluriempleado trabajando por cuenta ajena y autónomo, se cotizará en diferentes regímenes. Se cotiza en régimen General de la Seguridad Social y dentro del régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
El autónomo pluriempleado no tiene que realizar el pago igual que otros trabajadores autónomos. La cuota los 18 primeros meses será de 75% de la cuota real del trabajador autónomo.
Tras los 18 primeros meses debe abonar el 85% de la cuota de la seguridad social.
Estas cuotas pueden variar en caso de que como trabajador por cuenta ajena realice trabajo a jornada completa.
¿Cómo darse de alta de autónomo y ser también trabajador por cuenta ajena?
Seguir estos pasos para darse e alta de autónomo si está trabajando por cuenta ajena:
- Apuntarse en el Censo de Empresarios y Retenedores en la Agencia Tributaria.
- Además, debe darse de alta como trabajador por cuenta propia en el RETA.
El tramite de alta como autónomo puede agilizarse por internet. Ver este enlace.
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