Saltar al contenido
Actualidad Empleo I Ofertas de Trabajo

Cómo saber que hacer si el SEPE ingresa un pago indebido

ayudas parados

Si en los últimos meses has cobrado una cuantía por una prestación, pero el SEPE ingresa un pago indebido, si ha sido por una prestación como trabajador en ERTE ten muy en cuenta los pasos a seguir.

Durante el Estado de Alarma se realizaron diversas medidas de actuación casi inmediatas por parte del Gobierno.

Para atender las necesidades de trabajadores y empresas se regulaban determinadas prestaciones de trabajadores en ERTE, para que pudiesen no retrasarse los pagos.

En algunos casos los trabajadores volvieron a su trabajo, pero el SEPE realizó el pago de la prestación total del mes igualmente.

Información sobre las prestaciones

Si se ha realizado un cobro indebido, pero no se ha efectuado el pago en el banco, deben consultar si se regula correctamente la información sobre el pago de la prestación.

Revisar la información de la situación y cobro por ERTE. Ver este enlace.

Revisar tras las regularizaciones pertinentes, si desaparece el pago que no debía realizarse. Para esta gestión podéis consultar online como ha quedado la situación y el cobro del ERTE.

Cabe destacar que se si se recibe a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) una carta sobre cobro indebido, se debe proceder a la devolución de la cuantía indicada.

¿Cuándo efectuar la devolución del cobro indebido?

Si se recibe la carta se debe efectuar el pago en un plazo de 30 días. Las personas que transcurridos los 30 días no hubiesen realizado el pago deberán efectuar el pago con un recargo del 20% sobre la cuantía del cobro indebido.

Para alegar la disconformidad sobre el cobro indebido, los trabajadores deben presentar las alegaciones a la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal.

El proceso de presentación de alegaciones debe tramitarse en un plazo de 10 días desde que se ha recibido la notificación de pago.

Para alegar la disconformidad al SEPE ingresar pago indebido deben entregar además los documentos que justifican su alegación por escrito.