La prestación por desempleo o paro se puede heredar si la persona ha fallecido. El paro de una persona fallecida puede solicitarse por parte de un familiar.
La pensión de una persona que está cobrando prestación y ha fallecido puede reclamarse por parte de la familia. Esta reclamación puede hacerse por parte de las personas que tienen la condición de herederos forzosos. Como beneficiarios percibirán las cuantías generadas hasta la fecha de su fallecimiento.
Cómo solicitar el paro de un fallecido
Esta cuantía también puede reclamarse por personas que no tienen condición de herederos forzosos, pero si como parte de sucesión testamentaria y cuando no hubiese testamento.
Para heredar el paro de un familiar fallecido que percibía la prestación hasta el momento del fallecimiento, se puede realizar la gestión por medio de la solicitud de abono de prestación por desempleo devengadas y que no hubiesen sido cobradas por fallecimiento de la persona titular.
Asimismo, para percibir dichas cuantías, deben citarse los datos de la persona que solicita heredar el paro de un familiar y los datos del fallecido. Por otra parte, junto con la solicitud debe presentarse toda la documentación que se requiera en el SEPE para solicitar la parte correspondiente del paro.
La prestación del paro se puede heredar por el familiar
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) informa, que, en estos casos, las personas que forman parte de la familia del perceptor al que se le ha aprobado la prestación por desempleo, siempre que tengan condición de herederas forzosas o cumplan con los requisitos para solicitar esas cuantías, podrán cobrar y heredar el paro de ese familiar.
La cuantía a percibir se tendrá en cuenta hasta la fecha del fallecimiento de la persona beneficiaria.
Realizar el trámite citando al SEPE el fallecimiento y realizando la solicitud por medio de la “solicitud de abono de prestaciones por desempleo, que hubiesen sido devengadas y no percibidas por fallecimiento del titular”. Ver más información aquí.
Además, infórmate aquí como solicitar la RAI si no tienes derecho a Prestación por desempleo.