Publicada en el BOE toda la información sobre el Subsidio Extraordinario para Empleadas de Hogar, así como los procesos para la solicitud de esta ayuda para las personas trabajadoras que formen parte del Sistema Especial para Empleados de Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social.
Prestaciones para empleadas de hogar
¿Qué personas pueden ser beneficiarias del subsidio extraordinario para empleadas de hogar?
El Subsidio extraordinario para las empleadas de hogar se ofrece para personas que antes el 14 de marzo hubiesen trabajado como empleadas de hogar; Trabajadoras que estuviesen de alta en la Seguridad Social y cesaran su actividad o tuviesen reducción de jornada laboral.
- Esta ayuda va dirigida a trabajadoras de hogar a las que el empleador/titular del hogar hubiese reducido el número de horas de la jornada laboral, de forma total o parcial.
- Cuando el trabajador ha sido despedido o se ha finalizado el contrato por causas ajenas al empleado.
¿Cuándo y cómo presentar las solicitudes del subsidio para empleadas de hogar?
Las personas empleadas del hogar pueden presentar sus solicitudes desde el 5 de mayo y hasta un mes después del fin del contrato.
Para solicitar el subsidio extraordinario, deben acceder a la Sede online del Servicio Público de Empleo Estatal y tramitar su solicitud vía internet.
Además, se puede solicitar el subsidio por correo postal o en las oficinas de asistencia de materia de registros.
Debe enviarse la solicitud bien cumplimentada; Adjuntar fotocopia de DNI del trabajador y empleador o empleadores; Declaración responsable de los empleadores de hogar, o bien la carta de despido o baja de la Seguridad Social como empleado.
¿Cuál es la cuantía que se concede en el subsidio?
El beneficiario del subsidio extraordinario de empleado de hogar percibe el 70% de la base reguladora que corresponde a la actividad laboral que se hubiese realizado; La cuantía no debe superar en ningún caso el límite de 950 euros (SMI).
Toda la información sobre la documentación necesaria para la ayuda a trabajadores del hogar en el siguiente enlace.
Esta ayuda es incompatible con otras prestaciones que se aprueban para trabajadores en España.