Las empresas que están en ERTE podrán despedir a trabajadores no incluidos en el ERTE, esta información que se ha publicado recientemente en el BOE, quedan exentos de despido los trabajadores incluidos en el ERTE.
Además, en el Boletín Oficial del Estado el Decreto- Ley, también comunica mantienen las regulaciones temporales para el empleo, así como las prestaciones extraordinarias hasta el próximo 30 de junio.
Para obtener más información podéis consultar el Decreto-Ley en el BOE, publicado este miércoles.
La exigencia de que una vez implantado el ERTE por fuerza mayor, las empresas no pudiesen despedir al trabajador durante medio año, de lo contrario tendrían que devolver sus correspondientes cotizaciones, queda ahora con una puerta abierta al posible despido para todos aquellos trabajadores excluidos en el ERTE.
Esos pequeños matices que ahora se citan en el Decreto, dejan a la deriva a trabajadores que en su momento no formaron parte del ERTE que hizo la compañía, ERTE por fuerza mayor por el estado de alarma de COVID-19.
Además, las empresas también tienen exoneraciones en las cotizaciones de los trabajadores que vuelven al trabajo y para los que siguen afectados por Erte, estos cambios se cuentan en el mes de mayo, abril y junio. Buscar toda la información al respecto en el BOE y revisar también la aclaración de las responsabilidades por parte del empresario.
Si eres autónomo también puedes consultar como afecta el estado de Alarma a los autónomos, acceder a la noticia en esta página web y ver los cambios y descuentos aplicados en el colectivo de autónomos en España.
Obtener también noticias informativas sobre el resto de los trabajadores que se incorporan en estos meses en los que se mantienen las fases por el estado de alarma a raíz de la crisis por el COVID-19.
Información sobre las ayudas a parados