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Cómo realizar la declaración de la renta si cobras el Ingreso Mínimo Vital

agencia tributaria

Tendrás que realizar la declaración de la renta este año si cobras el Ingreso Mínimo Vital. Además, también tendrán que presentar la declaración los integrantes de la unidad familiar.

La campaña de la Renta se inicia este año a partir del 7 de abril del 2023 y cómo se indica en la información publicada en el Real Decreto Ley 20/2020, los beneficiarios del IMV, así como los integrantes de la misma unidad familiar, deben presentar la declaración, sin tenerse en cuenta si alcanzan el ingreso mínimo para declarar o no.

Cómo presentar la declaración de la renta si se cobra el Ingreso Mínimo Vital

  • Si tiene familia y cobra el Ingreso Mínimo Vital, es necesario que todos los miembros presenten la declaración de la Renta, incluidos los menores de edad.
  • Para las familias con hijos, pueden presentar una declaración conjunta.
  • Si son progenitores sin estar casados, pueden presentar uno de los dos progenitores la declaración conjunta con los hijos, además de declaración individual para el otro progenitor.
  • Los candidatos disponen de plazo entre el 7 de abril y el 30 de junio para presentar la declaración de la Renta.
  • Para presentar la declaración puede adjuntar el borrador solicitándolo también en la Agencia Tributaria.

Por otra parte, también es importante que usuarios, indiquen el fallecimiento de miembros de la Unidad Familiar si son beneficiario del Ingreso Mínimo Vital. También se debe informar del cambio de domicilio del beneficiario o cualquier miembro de la unidad de convivencia.

Además, es necesario informar si se va a viajar más de 90 días al extranjero, tanto si es el beneficiario como un miembro de la unidad familiar.

Se puede presentar la declaración en la oficina o a través de internet, además, puede confirmar el borrador si todos los datos son correctos.

¿Cómo tributa el Ingreso Mínimo Vital?

El Ingreso Mínimo Vital percibido por la Seguridad Social esta exento de pagar impuestos. Pero si cobras otras ayudas de las Comunidades Autónomas y ayuntamientos, deberán declararse, las cuantías que superen anualmente el 1,5 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) fijado en 12.159,42 euros. Solo se tributa por el exceso que tendrá la consideración de rendimiento de trabajo.

Si se tienen dudas a la hora de realizar la declaración de la renta si cobras el Ingreso Mínimo Vital, se puede consultar más información en internet en la página de Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es). Asimismo, también se puede realizar consulta de atención telefónica, en el 901 12 12 24.

Asimismo, también pueden consultar información de forma presencial, solicitando cita previa en Hacienda en el 901 22 33 44.

Además, los usuarios que quieran consultar información a través del móvil, pueden descargar aplicación de móvil mediante la cual pueden obtener más datos sobre plazos y otras consultas.