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Cómo es la Prestación extraordinaria de Autónomos

Autonomo

El Gobierno aprueba la prestación extraordinaria de autónomos, trabajadores por cuenta propia que tendrán así la posibilidad de paliar los gastos y efectos negativos que repercuten directamente a sus negocios a causa de la situación de alarma por el COVID-19.

La prestación extraordinaria de autónomos va dirigida concretamente a este colectivo, trabajadores y trabajadoras por cuenta propia que requieran de esta medida para sobrellevar los efectos negativos por el coronavirus.

¿Qué autónomos pueden solicitar esta prestación extraordinaria?

  • Pueden solicitarla trabajadores autónomos que por la pandemia tuviesen que cerrar los negocios por estado de alarma.
  • Trabajadores autónomos cuya facturación del mes caiga al menos un 75% en comparación a la medida de facturación mensual del semestre anterior.

Con la prestación de autónomos no pagan la seguridad social

Los autónomos beneficiarios de la prestación extraordinaria no deben pagar las cotizaciones de la Seguridad Social.

La prestación de autónomos conlleva el cobro de prestación y evita a los autónomos el pago de cotizaciones a la seguridad social. La prestación se percibirá durante el tiempo que se compute, este dato se puede conocer en la publicación del Decreto que establece ayuda extraordinaria para autónomos en España.

Medida de actuación para autónomos durante el coronavirus que trata de paliar los efectos negativos causados por la pandemia en todos los sectores laborales.

También se pueden beneficiar de la prestación los autónomos con trabajadores a cargo, en el caso de que tuviesen que cerrar o hubiese caído su facturación en un 75%, presentando un ERTE para trabajadores y solicitando esta prestación extraordinaria.

Los autónomos beneficiarios de tarifa plana y otras bonificaciones, seguirán cotizando y no perderán las bonificaciones mientras se perciba la prestación.

La gestión de esta prestación corresponderá a las entidades a las que se refiere el artículo 346 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.